Hoy en día la palabra «separación» o «divorcio» es muy habitual en nuestra sociedad, los procedimientos que le preceden son conocidos por todos, pero hay un aspecto que no se comenta tanto: las mascotas. Según un estudio, el 49,3% de los hogares españoles tienen una mascota en casa y al producirse el divorcio o separación, cabe la posibilidad de que se abra un frente nuevo por la custodia de nuestro perro, gato, etc.
Mutuo acuerdo o juicio.
La opción más pacífica y siempre recomendable es la del mutuo acuerdo; la pareja se pone de acuerdo para que el animal sufra lo menos posible y ambos puedan disfrutarlo cada x tiempo, al igual que podría pasar con un hijo/a. Aunque la realidad en bastantes casos es otra… la pareja se mete de lleno en una batalla legal por quedarse con un bien tan preciado como su animal.
Y decimos «bien» no aleatoriamente, ya que según el Código Civil en su artículo 333 «Todas las cosas que son o pueden ser objeto de apropiación se consideran como bienes muebles o inmuebles» por lo que un perro, gato, etc será un bien mueble y no podrá ser tratado como persona con derechos y responsabilidades.
Custodia compartida/única.
Al igual que con el tema de los hijos, en casos de divorcio o separaciones se puede establecer (si no existe mutuo acuerdo) una custodia compartida, en la que aparecerá el régimen de visitas cada cierto tiempo o una custodia única, en la que el beneficiado será poseedor del animal, debiendo abonar una indemnización por lo daños y la pérdida del animal. Si existiesen niños de por medio, la jurisprudencia recomienda que los infantes no se separen de su mascota por las consecuencias traumáticas que puedan derivar de ello.
Custodia única, casos de abandono y maltrato
Las relaciones siempre se consideran como un punto en donde se marca un antes y un después. Empezamos con muchos sueños, metas e ilusiones que, a primera vista, todos parecen alcanzables. Nuestra convivencia con una persona hace que tomemos importantes decisiones: donde vivir, ceder parte de nuestra intimidad, hasta la adopción de una mascota.
Últimamente se han vuelto muy comunes las separaciones. Parejas que empezaron con el mejor de los pronósticos terminan ahogados en el primer indicio de problemas y con esto afectando a terceros, ya sean: familiares, amigos, hijos, incluyendo las mascotas.
En el momento que se deben tomar caminos diferentes comienzan las confrontaciones de autoridad y propiedad en donde inevitablemente, también termina inmiscuyéndose la mascota a la que dieron hogar y creció junto a ellos. Entonces, ¿Qué hacer cuando esto sucede?, ¿Quién se hará cargo de la mascota?, ¿Es posible que sobre el animal recaiga el peso del divorcio?
Para resolver las cosas de forma civilizada y calmada puede llegarse a un común acuerdo, lo que se traduce en la manera más económica y fácil de cómo lidiar con la decisión de quien asumirá los cuidados y la custodia de la mascota. Pero si las circunstancias son diferentes puede que no se resuelva esa manera.
Custodia única.
Aquí hablamos de una resolución al problema de forma legal en donde uno de las dos partes podría quedar insatisfecha por el resultado. Al individuo que le sea otorgada la custodia del animal tendrá que indemnizar a la otra parte por la pérdida del disfrute y de derechos de custodia del mismo.
Si es el caso en que se realiza una división de bienes, la mascota pasa a ser otorgada al individuo que efectuó la compra o la adopción de la misma, aun si se realizó estando en el matrimonio. Para que la decisión pueda ser aprobada debe demostrarse con la documentación que dé aval de la adopción o compra ya sea por recibos o comprobantes.
Casos de abandono y maltrato.
Pueden darse situaciones de abandono y maltrato, por desgracia. Si el otro dueño llega tener información de estos actos se ve en la obligación de realizar una denuncia, esta no debe ser anónima y debe especificarse quién es el sancionado. Para esto último debe identificarse mediante testigos que puedan ratificar la información.
La participación de amigos, familiares de la expareja o el mismo ex cónyuge es valedera para la confirmación de la identidad de la persona que ha efectuado el maltrato o el abandono del animal.
Esperamos que te haya servido esta información, si te encuentras en esta difícil situación, desde Abogados de Tenerife estaremos encantados de ayudarte y hacer que este mal trago se solucione lo mejor posible, ¡contacta con nosotros!