Delitos económicos con castigos penales en España

Los delitos económicos pueden englobarse como todos aquellos actos delictivos o ilícitos cometidos a través del engaño, con el objetivo de buscar un beneficio propio y de estas manera perjudicar a terceros, tales como la manipulación contable, apropiación de activos ajenos, estafa, soborno, corrupción, fraude fiscal, lavado de dinero, robo o hurto. Estas son unas de las tantas prácticas frecuentes que podemos ver en las grandes empresas, pudiendo generar crisis económicas, si no existieran los mecanismos poderosos de control público.

En general el engaño es la base para que estos delitos económicos se sustenten, este delito tiene como objetivo la apropiación de activos que poseen los terceros y también en muchos casos tienen la opción de cometer un fraude contra la seguridad social del estado.

Estos delitos son tan complejos que necesitan de una u otra forma optar por abogados penalistas especializados y con un gran historial de experiencia. Dichos abogados siempre deben estar muy atentos para defender y proteger a sus clientes ante acusaciones indebidas que le puedan hacer de fraude fiscal, fraude societario o blanqueo de capitales, estos abogados deben ser cuidadoso para realizar las debidas investigaciones correspondientes.

En la actualidad estos delitos han aumentado tanto en España de forma significativa que se hacen notar y reflejar todos los días en las noticias. En parte este incremento de delito se debe a la reforma del código penal recientemente actualizada, que ha optado por investigar a personas y empresas jurídicas y físicas.

Tiempo de condena por castigo penal

Debido al aumento de estos delitos, hacen que los castigos o penas sean más frecuente con el comete dicho acto, sabemos que estos castigos se implementaron mucho antes, pero como todo se ha agravado en la actualidad con lo que son los delitos económicos, hacen que España tome medidas drásticas sobre esas personas que cometen dichos delitos.

Tiempo de condena de algunos delitos económicos

En el Delito Fiscal según lo que establece la ley por fraude de gravedad, se puede establecer delito fiscal común cuando defraudan más de 120.000 euros y menos de 600.000 por año, por dicha cantidad de euros, la prisión establece de 1 a 5 años de condena más una multa por importe del fraude multiplicada por 6. En caso de que el fraude supere los 600.000 euros, se conoce como delito fiscal agravado, la penalización oscilaría entre 2 a 6 años de cárcel, y de igual manera se pagara una multa por importe del fraude multiplicada por 6.

Delito de soborno

La penalidad seria entre 6 a 9 años en prisión, mas una multa equivalente al monto recepcionado. En cambio la condena por soborno impropio se le castiga a la persona con 1 año de cárcel.

Debemos tener en cuenta que las penas por prevaricación están en un rango de 6 meses a 12 años de inactividad para ocupar un cargo público.

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Malversación de caudales públicos

la fiscalía podrá pedir u optar por 10 años de cárcel si ocurre algún evento desleal, contratos sin prestación o por la utilización indebida del patrimonio público.

Tráfico de influencias

La condena será entre 6 meses o 1 año de cárcel.

Blanqueo de capitales

Por último, tenemos, donde las condenas pueden variar entre 6 meses a 6 años de cárcel mas una multa que duplique el valor de dichos bienes blanqueados, debemos tener en cuenta que también contemplará inhabilitación si está implicado un funcionario público donde dicha inhabilitación será de 10 a 20 años correspondientemente.

Además de eso dicho juez podrá elegir una inhabilitación de tres años si es posible.

Si necesitas un profesional para la asistencia al detenido, puedes ponerte en contacto con nosotros. Podemos ayudarte de manera personalizada en materia de derecho penal.