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Cómo realizar una sucesión correctamente

La pérdida de un ser querido suele venir acompañada de un conjunto de trámites legales que pueden resultar abrumadores. Uno de los más importantes es la sucesión, el proceso mediante el cual se transmiten los bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos. Saber cómo realizar una sucesión de forma adecuada puede marcar la diferencia entre un procedimiento ágil y uno lleno de complicaciones.

Por eso, en este artículo explicamos paso a paso qué implica una sucesión, los requisitos, tipos existentes y errores comunes que debes evitar. Además, te contamos por qué contar con abogados especializados puede ayudarte a proteger tu patrimonio y tus derechos.

Qué es una sucesión y cuándo se debe iniciar

Una sucesión es el procedimiento legal que permite que una persona adquiera los bienes de otra después de su fallecimiento. Esta transmisión puede estar regulada por la voluntad del difunto (a través de un testamento) o por la ley (si no existe testamento).

Generalmente, el proceso sucesorio debe iniciarse tan pronto como sea posible tras la defunción, ya que ciertos actos como la aceptación de la herencia o la adjudicación de bienes tienen plazos legales que deben respetarse. Esto evitará conflictos familiares, pérdida de derechos o sanciones fiscales.

Tipos de sucesión: testada y abintestato

Antes de explicar cómo realizar una sucesión correctamente, es importante conocer los tipos de sucesión que existen en el derecho español.

Sucesión testada

La sucesión testada se produce cuando la persona fallecida, también conocida como causante, ha otorgado un testamento válido con anterioridad a su deceso. En este escenario, la distribución de sus bienes y derechos se rige, primordialmente, por las disposiciones contenidas en dicho documento. La voluntad del testador, expresada de forma legal, constituye la ley fundamental que guiará el reparto de la herencia.

No obstante, esta libertad testamentaria no es absoluta. El derecho español establece la figura de las legítimas, porciones del patrimonio que la ley reserva obligatoriamente a determinados herederos forzosos. Estos herederos, cuyo círculo más cercano incluye a los descendientes (hijos y nietos), ascendientes (padres y abuelos) y el cónyuge viudo, tienen derecho a una parte específica de la herencia, incluso si el testador hubiera deseado distribuirla de otra manera. El testamento debe respetar estas legítimas, y cualquier disposición que las vulnere podría ser objeto de impugnación.

En cuanto a la forma del testamento, la legislación española reconoce diversas modalidades, entre las que destacan el testamento abierto, el testamento cerrado y el testamento ológrafo. Sin embargo, en la práctica, el testamento abierto notarial es la forma más común y recomendada. En este tipo de testamento, el testador manifiesta su última voluntad ante un notario público, quien se encarga de redactarlo y garantizar su conformidad con la ley, así como de su conservación. 

Cuando el testamento es válido y no existen controversias significativas entre los herederos, los trámites para la adjudicación de la herencia suelen ser más ágiles y sencillos, ya que la voluntad del causante ya está plasmada por escrito.

Sucesión intestada o abintestato

La sucesión intestada o abintestato entra en juego cuando no existe un testamento válido, o cuando el testamento otorgado ha sido declarado nulo por algún defecto de forma o de fondo. En estas circunstancias, ante la ausencia de una disposición testamentaria por parte del fallecido, es la propia ley la que determina quiénes son los herederos legítimos y el orden en el que deben sucederle en sus bienes, derechos y obligaciones.

El Código Civil español establece un orden de preferencia para la llamada a la herencia en los casos de sucesión intestada. Este orden prioriza a los parientes más cercanos del fallecido, siguiendo una jerarquía bien definida:

  1. Descendientes: En primer lugar, heredan los hijos y sus descendientes (nietos, bisnietos, etc.), sin distinción por razón de filiación.
  2. Ascendientes: En ausencia de descendientes, heredan los padres y, en su defecto, los ascendientes de grado más próximo (abuelos).
  3. Cónyuge viudo: Si no existen descendientes ni ascendientes, hereda el cónyuge sobreviviente.
  4. Parientes colaterales hasta el cuarto grado: A falta de los anteriores, suceden los hermanos y sus descendientes (sobrinos), y en su defecto, los tíos, primos hermanos y sobrinos nietos.
  5. El Estado: En última instancia, si no existen parientes dentro del cuarto grado, la herencia se defiere al Estado.

Uno de los trámites esenciales en los casos de sucesión intestada es la declaración de herederos abintestato. Este procedimiento tiene como objetivo determinar quiénes son las personas llamadas a heredar según el orden legal establecido. La declaración de herederos se puede realizar ante notario siempre que no exista controversia entre los posibles herederos.

En este caso, se presenta la documentación necesaria (certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, libro de familia, etc.) y el notario levanta un acta declarando quiénes son los herederos. Si existe conflicto o si los herederos son parientes colaterales más allá del cuarto grado, la declaración de herederos deberá realizarse mediante un procedimiento judicial.

Pasos para saber cómo realizar una sucesión

A continuación, detallamos de forma clara y ordenada los pasos esenciales que debes seguir para llevar a cabo correctamente una sucesión (herencia) en España.

El proceso puede variar ligeramente en función de si existe o no testamento, pero los siguientes pasos son comunes a la mayoría de los casos.

1. Obtención de la documentación necesaria

El primer paso imprescindible para iniciar el procedimiento sucesorio es reunir toda la documentación exigida por la normativa. Esta documentación permitirá identificar si hay testamento y qué bienes componen la herencia. Los documentos clave son:

  • Certificado de defunción, expedido por el Registro Civil.
  • Certificado de últimas voluntades, que indica si la persona fallecida otorgó testamento y, en su caso, ante qué notario.
  • Testamento original, si existe.
  • Certificado de seguros de vida, que informa sobre posibles pólizas contratadas por el fallecido.
  • Documento Nacional de Identidad (DNI) del fallecido y de todos los herederos.
  • Documentación acreditativa de la titularidad de los bienes, como escrituras, recibos de IBI, extractos bancarios, etc.

Contar con estos documentos desde el inicio agiliza enormemente los trámites y previene errores o retrasos posteriores.

2. Inventario de bienes y deudas

Una vez obtenida la documentación, es fundamental elaborar un inventario detallado del patrimonio del causante (persona fallecida). Este debe incluir:

  • Bienes inmuebles: viviendas, terrenos, locales, etc.
  • Bienes muebles: joyas, obras de arte, muebles valiosos, etc.
  • Vehículos: coches, motos, embarcaciones, etc.
  • Saldos bancarios y productos financieros: cuentas, depósitos, acciones, fondos, etc.
  • Deudas u obligaciones pendientes: hipotecas, préstamos, deudas con Hacienda o Seguridad Social, entre otras.

Este inventario será la base para calcular el valor neto de la herencia y realizar el posterior reparto entre los herederos.

3. Valoración de la herencia

Tras realizar el inventario, es necesario proceder a la valoración económica de cada uno de los bienes incluidos en la masa hereditaria. Esta valoración es clave por varios motivos:

  • Permite conocer con exactitud el valor total de la herencia.
  • Sirve para calcular correctamente el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
  • Facilita un reparto equitativo entre los herederos.

En algunos casos, puede ser recomendable solicitar una tasación profesional, sobre todo en el caso de inmuebles o bienes de alto valor.

4. Aceptación y adjudicación de la herencia

Una vez valorados los bienes, llega el momento de que los herederos acepten formalmente la herencia. Existen dos formas de hacerlo:

  • Aceptación pura y simple: el heredero acepta la totalidad de la herencia, incluyendo tanto activos como pasivos (deudas).
    Aceptación a beneficio de inventario: el heredero acepta la herencia, pero limita su responsabilidad ante las deudas al valor de los bienes heredados.

Tras la aceptación, se procede a la adjudicación de los bienes a los herederos, asignando a cada uno su parte correspondiente según el testamento o, en su defecto, según las reglas del Código Civil.

5. Pago del impuesto de sucesiones

Uno de los pasos más relevantes desde el punto de vista fiscal es la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones. Este tributo debe presentarse y abonarse en el plazo de seis meses desde la fecha de fallecimiento, aunque se puede solicitar una prórroga de seis meses más, en caso necesario.

El importe a pagar dependerá del valor de la herencia, el grado de parentesco con el fallecido y la comunidad autónoma donde se tribute, ya que existen bonificaciones y reducciones diferentes según el territorio.

6. Inscripción en los registros correspondientes

El paso final consiste en registrar la herencia a nombre de los nuevos titulares en los distintos registros públicos, según el tipo de bien:

  • Registro de la Propiedad, para los inmuebles.
  • Registro Mercantil, en caso de participaciones sociales o empresas.
  • Dirección General de Tráfico (DGT), si se heredan vehículos.
  • Entidades bancarias y aseguradoras, para modificar la titularidad de cuentas, seguros, etc.

Esta inscripción es imprescindible para poder disponer legalmente de los bienes heredados y garantiza la seguridad jurídica de los nuevos titulares.

Dificultades comunes al realizar una sucesión

Aunque el proceso puede parecer sencillo, la realidad es que realizar una sucesión implica muchas decisiones jurídicas, fiscales y personales, y es habitual encontrar obstáculos como: 

  • Herederos en desacuerdo con el reparto: La divergencia de opiniones entre los herederos sobre cómo deben distribuirse los bienes es uno de los problemas más comunes y delicados. Las relaciones familiares pueden tensarse y las diferentes necesidades, expectativas o interpretaciones del testamento pueden conducir a disputas.
  • Falta de documentación del fallecido: Un obstáculo importante surge cuando no se dispone de la documentación esencial, como falta de DNI, escrituras de propiedades, contratos bancarios, pólizas de seguros o incluso información sobre deudas pendientes.
  • Testamentos obsoletos o mal redactados: Aunque el testamento debería ser la herramienta para facilitar la transmisión de la herencia según la voluntad del fallecido, en la práctica, puede convertirse en una fuente de problemas si no se ha redactado de forma clara, precisa y conforme a la ley.
  • Deudas desconocidas: A veces los herederos se encuentran con la sorpresa de la existencia de deudas del fallecido que desconocían. Estas deudas pueden ser de diversa naturaleza: préstamos personales, hipotecas, deudas fiscales, facturas pendientes, 
  • Incumplimiento de plazos legales para aceptación y pago de impuestos: La legislación española establece plazos específicos para llevar a cabo ciertos trámites en el proceso sucesorio. Uno de los más relevantes es el plazo para la aceptación o repudiación de la herencia.

Por ello, contar con asesoramiento legal experto en derecho sucesorio es una decisión inteligente que te evitará errores costosos.

Cómo realizar una sucesión en Tenerife con garantías

No solo es importante saber cómo realizar una sucesión una vez ha ocurrido el fallecimiento. Una correcta planificación patrimonial en vida puede ahorrar conflictos, impuestos y trámites a los herederos.

Redactar un testamento claro, donar en vida ciertos bienes o designar beneficiarios en seguros son formas de anticiparse a problemas futuros.

En Canarias, y especialmente en Tenerife, las particularidades fiscales y legislativas hacen que el asesoramiento local sea aún más relevante. Por eso, si te estás preguntando cómo realizar una sucesión en Tenerife, lo ideal es contar con un despacho con experiencia en la normativa insular.

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