El contrato eventual por circunstancias de la producción
Con la Navidad, hay un gran aumento de las contrataciones para cubrir ese exceso de demanda y consumismo característico de estas fechas. El problema, es que estos contratos eventuales o temporales suelen tener unas condiciones muy poco beneficiosas para el trabajador y altamente ventajosas para las empresas.
Con el fin de evitar problemas, y como trabajador poder tener unos derechos mínimos, en Lapeña & De Benito te podemos ayudar.
Estos contratos temporales y a veces conocidos como “contratos basura”, se denominan también como “contrato eventual por circunstancias de la producción”.
Este tipo de contrato se encuentra regulado por el Estatuto de los trabajadores (art. 15.1.b). Y está pensado para las situaciones donde hay un aumento considerable de la demanda. En este artículo se establece su uso cuando:
“Cuando las circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos así lo exigieran, aun tratándose de la actividad normal de la empresa.”
Es decir, tal como ocurre en el periodo navideño, las empresas, ven incrementada su actividad y necesitan reforzar su plantilla por lo que podrán recurrir a dicho tipo de contrato.
¿Qué condiciones tiene el contrato eventual?
En cuanto a la duración, hay diferentes escenarios. En general, no debe superar los 6 meses, pero la regulación establece que a través de los convenios sectoriales, la duración máxima se amplía a 12 meses.
Hablando de la jornada, podrá ser tanto completa como parcial, pero en el caso del salario, las condiciones deberías ser las mismas que el resto de trabajadores.
Por último para evitar problemas legales o de otro tipo, el contrato deberá estar por escrito y las causas de la realización de este contrato estarán justificadas en el mismo.
Si tienes más dudas, confía en nosotros, Lapeña y Benito, tus abogados en Tenerife.