En artículos anteriores, hemos hablado sobre la separación de bienes y de cómo se efectúa el reparto para cada una de las partes. Pero muchas veces, no queda clara cual es la aportación de cada cónyuge a las ganancias del matrimonio y todavía surgen más problemas cuando uno trabaja fuera de casa y otro se dedica a las tareas del hogar. Hoy te ponemos al día sobre cómo afecta el trabajo en hogar en un régimen de separación de bienes.
Para conocer un poco más sobre este régimen económico de separación de bienes, podéis acudir a nuestro anterior post que te dejamos aquí.
Recordamos que este tipo de contrato, aparece regulado en el Código civil a través del artículo 1437, pero a continuación hablaremos sobre el siguiente, que es el artículo que regula el trabajo en el hogar y como afecta a la pareja en la separación de bienes.
Más concretamente, el artículo 1438 dice:
[…]El trabajo para la casa será computado como contribución a las cargas y dará derecho a obtener una compensación que el Juez señalará, a falta de acuerdo, a la extinción del régimen de separación.
Por tanto, podemos ver que el trabajo en el hogar sí es una manera de cumplir con la contribución al matrimonio y podría ser posible una compensación tras liquidar el régimen de separación de bienes. Ahora bien, a través de diferentes sentencias del TS se han dado diferentes casos en cuanto a las cuantías de la compensación por el trabajo en el hogar y sobre la aceptación o no de este tipo de demandas.
Como el artículo 1438 no especifica cómo valorar el trabajo para el hogar, entra el juego el juicio del profesional para determinar si se debe hacer por el salario mínimo o por el salario que cobraría un tercero por realiar el mismo trabajo que la pareja que se ocupó del trabajo en el hogar.
Por otro lado, debe ser demostrable y lo que es más importante, a través de diferentes sentencias, se entiende que el artículo 1438 considera que para poder reclamar una compensación por la contribución al matrimonio en un régimen de separación de bienes, esta ha tenido que ser la ÚNICA tarea llevada a cabo. Es decir, en los casos en los que una de las partes, se ha dedicado al trabajo de la casa, y además, ha realizado otros trabajos fuera del hogar, no han tenido derecho a esta compensación. Esto se debe a que se considera que la realización de los trabajos en el hogar no han supuesto una pérdida de oportunidades laborales o económica para esta parte del matrimonio.
Como vemos a la hora de valorar el trabajo para el hogar y cómo constribuye concretamente al matrimonio es un asunto que encarna cierta problemática. Cada caso es diferente y hay que estudiar diferentes circunstancias, por ello, te recomendamos que acudas a los expertos. Desde Abogados Tenerife, te asesoramos de manera personalizada para que en caso de divorcio, la liquidación de la separación de bienes se lleve a cabo de manera ágil, pacífica y siempre buscando tu beneficio.