Continuamos publicando consultas hechas a nuestro equipo profesional en Lapeña & de Benito abogados y realizadas por clientes a través de nuestra web. En esta entrada trataremos las siguientes:
Una persona nos realiza la siguiente consulta a través de la web:
Por problemas de drogadicción de mi esposo y problemas de drogadicción que también me afectaron a mí, la Administración declaró a nuestro hijo en desamparo y lo entregó en acogida a una familia sin hijos, con la cual ha pasado seis años. Ahora estoy rehabilitada. ¿Puedo exigir la devolución de mi hijo?
Puede solicitarlo, aunque la decisión se toma en función de cada caso concreto y pensando primordialmente en los derechos e intereses del menor. En este aspecto los tribunales han establecido que para acordar el retorno de un menor entregado en acogida a la familia biológica, no sólo debe tenerse en cuenta la evolución positiva de la familia biológica y la desaparición de los motivos que llevaron a considerarlo en situación de desamparo, sino que también es importante tener en cuenta otros elementos, como, por ejemplo, el tiempo que el menor lleva con una nueva familia, los vínculos afectivos que haya podido establecer con ésta, así como los riesgos de tipo psicológico que el retorno a su anterior familia (la biológica) pudieran ocasionarle.
En Lapeña & de Benito abogados intentamos prestar nuestra ayuda a futuros clientes publicando resoluciones de cuestiones que nos plantean otros clientes a los que representamos.